16/10/2026
📚 CONOCE LA LEY 864
🔎 ARTÍCULO 21 | ¿QUÉ ESTÁ PROHIBIDO A LOS INSPECTORES?
La Ley establece reglas claras para quienes realizan las visitas de inspección. Una de ellas busca garantizar que las actuaciones se desarrollen con imparcialidad y transparencia.
🚫 ¿QUÉ PROHÍBE LA LEY?
🔹 No recibir gratificaciones
Los inspectores tienen estrictamente prohibido recibir gratificaciones con motivo de las actuaciones de las diligencias.
🔹 No recibir dádivas
Tampoco pueden recibir dádivas con el propósito de modificar la información relacionada con la inspección.
🔹 No omitir ni alterar información
La prohibición está relacionada con cualquier conducta que busque omitir o alterar la información de las actuaciones de la diligencia.
⚖️ ¿QUÉ PASA SI SE COMPRUEBA?
El artículo establece que, si se comprueba una situación de este tipo, los inspectores quedarán sujetos a las disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que correspondan.
📌 ¿QUÉ DEBEMOS TENER PRESENTE?
La inspección debe desarrollarse con objetividad y apego a la Ley. La información asentada durante una diligencia debe reflejar lo que realmente ocurrió.
🤝 LA CERTEZA JURÍDICA TAMBIÉN SE CONSTRUYE CON INSPECCIONES ÍNTEGRAS Y TRANSPARENTES.
🏢 AMPI ACAPULCO
Profesionalización · Ética · Certeza
📖 Seguimos conociendo la Ley 864, un artículo a la vez.