Zarraga, Administración de consorcios.

Zarraga, Administración de consorcios. Zarraga Administración de consorcios, con más de 25 ejerciendo la administración. Buenos Aires, Argentina.

¿Quién convoca?👉 El administrador.👉 El consejo de propietarios.Autoconvocatoria; se requiere del 5% de los consorcistas ...
09/07/2019

¿Quién convoca?

👉 El administrador.

👉 El consejo de propietarios.

Autoconvocatoria; se requiere del 5% de los consorcistas (propietarios). Generalmente se utiliza para remover a nombrar a un nuevo administrador.

Atribuciones de la asambleaLa asamblea puede designar un consejo integrado por propietarios, con las siguientes atribuci...
20/06/2019

Atribuciones de la asamblea

La asamblea puede designar un consejo integrado por propietarios, con las siguientes atribuciones:

Ejercer la administración del consorcio en caso de vacancia o ausencia del administrador, y convocar a la asamblea si el cargo está vacante dentro de los treinta días de producida la vacancia.

Excepto los casos indicados en este artículo, el consejo de propietarios no sustituye al administrador, ni puede cumplir sus obligaciones.
Capítulo 6, Consejo de propietarios, Artículo 2064.

Atribuciones, Consejo de propietariosLa asamblea puede designar un consejo integrado por propietarios, con las siguiente...
17/06/2019

Atribuciones, Consejo de propietarios
La asamblea puede designar un consejo integrado por propietarios, con las siguientes atribuciones:
Convocar a la asamblea y redactar el orden del día si por cualquier causa el administrador omite hacerlo;
Controlar los aspectos económicos y financieros del consorcio;

Autorizar al administrador para disponer del fondo de reserva, ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios;
Capítulo 6, Consejo de propietarios, Artículo 2064.

Mayoría absoluta.Las decisiones de la asamblea se adoptan por mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propi...
15/06/2019

Mayoría absoluta.
Las decisiones de la asamblea se adoptan por mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales y se forma con la doble exigencia del número de unidades y de las partes proporcionales indivisas de éstas con relación al conjunto.
Capítulo 5, Asambleas, Artículo 2060.

Convocatoria y quórum.La asamblea puede auto convocarse para deliberar. Las decisiones que se adopten son válidas si la ...
14/06/2019

Convocatoria y quórum.
La asamblea puede auto convocarse para deliberar. Las decisiones que se adopten son válidas si la auto convocatoria y el temario a tratar se aprueban por una mayoría de dos tercios de la totalidad de los propietarios.
Son igualmente válidas las decisiones tomadas por voluntad unánime del total de los propietarios, aunque no lo hagan en asamblea.
Capítulo 5, Asambleas, Artículo 2059.

Convocatoria y quórum ❗Los propietarios deben ser convocados a la asamblea en la forma prevista en el reglamento de prop...
13/06/2019

Convocatoria y quórum ❗
Los propietarios deben ser convocados a la asamblea en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal, con transcripción del orden del día, el que debe redactarse en forma precisa y completa; es nulo el
tratamiento de otros temas, excepto si están presentes todos los propietarios y acuerdan por unanimidad tratar el tema.
Capítulo 5, Asambleas, Artículo 2059.

Facultades de la asamblea. La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver:Las cuestiones sobre la con...
13/06/2019

Facultades de la asamblea.

La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver:

Las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio;
Las cuestiones no contempladas como atribuciones del administrador o del consejo de propietarios, si lo hubiere.
Capítulo 5, Asambleas, Artículo 2058.

☝️ Facultades de la asamblea. La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver:Las cuestiones que le so...
12/06/2019

☝️ Facultades de la asamblea.

La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver:

Las cuestiones que le son atribuidas especialmente por la ley o por el reglamento de propiedad horizontal.

Las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios cuando le son sometidas por cualquiera de éstos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relación al conjunto.
Capítulo 5, Asambleas, Artículo 2058.

¿Cómo hacer una modificación del reglamento?El reglamento de propiedad horizontal sólo puede modificarse por resolución ...
11/06/2019

¿Cómo hacer una modificación del reglamento?
El reglamento de propiedad horizontal sólo puede modificarse por resolución de los propietarios, mediante una mayoría de dos tercios de la totalidad de los propietarios.
Capítulo 4, Reglamento de propiedad horizontal, Artículo 2057.

👉  Reparaciones urgentes❗Cualquier propietario, en ausencia del administrador y de los integrantes del consejo de propie...
11/06/2019

👉 Reparaciones urgentes❗
Cualquier propietario, en ausencia del administrador y de los integrantes del consejo de propietarios puede realizar reparaciones urgentes en las cosas y partes comunes, con carácter de gestor de negocios.
Si el gasto resulta injustificado, el consorcio puede negar el reintegro total o parcial y exigir, si corresponde, la restitución de los bienes a su estado anterior, a costa del propietario.
Capítulo 3, Modificaciones en cosas y partes comunes, Artículo 2054.

.Mejora u obra nueva en interés particular. Si la mejora u obra nueva autorizada sobre cosas y partes comunes es en inte...
06/06/2019

.
Mejora u obra nueva en interés particular.
Si la mejora u obra nueva autorizada sobre cosas y partes comunes es en interés particular, el beneficiario debe efectuarla a su costa y soportar los gastos de la modificación del reglamento de propiedad horizontal y de su inscripción, si hubiera lugar a ellos.
Capítulo 3, Modificaciones en cosas y partes comunes, Artículo 2053.

Mejora u obra nueva que requiere unanimidadSi la mejora u obra nueva, realizada por un propietario o por el consorcio so...
02/06/2019

Mejora u obra nueva que requiere unanimidad
Si la mejora u obra nueva, realizada por un propietario o por el consorcio sobre cosas y partes comunes, aun cuando no importe elevar nuevos pisos o hacer excavaciones, gravita o modifica la estructura del inmueble de una manera sustancial, debe realizarse con el acuerdo unánime de los propietarios.
También requiere unanimidad la mejora u obra nueva sobre cosas y partes comunes en interés particular que sólo beneficia a un propietario.
Capítulo 3, Modificaciones en cosas y partes comunes, Artículo 2052.

Dirección

Avenida Santa Fe 3996
Buenos Aires
C1425BHO

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 12:00
Martes 09:00 - 12:00
Miércoles 09:00 - 12:00
Jueves 09:00 - 12:00
Viernes 09:00 - 12:00
Sábado 09:00 - 13:00

Teléfono

541133663485

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Zarraga, Administración de consorcios. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Zarraga, Administración de consorcios.:

Compartir