Estudio Contable NRC Cr. Clivio Nelson Rodrigo

Estudio Contable NRC Cr. Clivio Nelson Rodrigo Contador Público. Auditorias. Balances Generales. Certificaciones Contables. Liquidación Impositiva. Constitución de Sociedades. Trámites. Proyectos de Inversión.

Financiamiento. 公共会计师和审计师。 在超市专门关注。Cel 0343-1545322 Financiamiento. Cel 0343-154532211

11/04/2020

Lo deben hacer en AFIP aquellas pequeñas y medianas empresas afectadas por el aislamiento. El programa de Gobierno contempla medidas para hacer frente a los salarios y conservar las fuentes de trabajo

25/02/2020

Los establecimientos industriales podrán acceder a las alícuotas especiales de ATER y otros beneficios por la tarifa eléctrica

¿Tenés una pyme? La   te permite refinanciar la deuda de corto a largo plazo. Para acceder a este y otros beneficios ten...
07/01/2020

¿Tenés una pyme? La te permite refinanciar la deuda de corto a largo plazo. Para acceder a este y otros beneficios tenés que contar con el certificado vigente. ¿Ya lo tramitaste?
⏩ Más información en esta nota:

Es amplia y ayudaría a que las pequeñas y medianas empresas puedan salir de la crisis. Para acceder al beneficio, es necesario contar con el Certificado Mi PyME.

15/11/2019
Controladores fiscales de nueva generación!!!
14/03/2019

Controladores fiscales de nueva generación!!!

La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo t...
30/10/2018

La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempo

El Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y jurisdicciones

06/08/2018

FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. SE GENERALIZA LA EMISIÓN DE COMPROBANTES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS O CON CONTROLADORES FISCALES

A) Monotributistas: por las operaciones que realicen a consumidores finales, la obligación resulta de aplicación a partir del 1/4/2019, por las restantes operaciones:

Categorías

Por comprobantes que emitan a partir de

F a K

6 agosto 2018

E

1 de octubre 2018

D

1 diciembre 2018

C

1 febrero 2019

B

1 marzo 2019

A

1 abril 2019

B) Contribuyentes exentos en el impuesto al valor agregado, según el importe de ventas (incluidos impuestos nacionales) del último año calendario:

Importe de ventas

Por comprobantes que emitan a partir de

Igual o superior a un millón de pesos

1 noviembre de 2018

Hasta un millón de pesos

1 enero 2019

C) Facturación electrónica al momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio en el domicilio del cliente o fuera del domicilio del emisor del comprobante:

“Comprobantes en Línea” / “Facturador Móvil”

Por comprobantes que emitan a partir de 1 enero 2019

Webservices

Por comprobantes que emitan a partir de 1 abril 2019

En otro orden, señalamos que se adecúan las normas de facturación, elevándose de $ 1.000 a $ 5.000 el importe de las facturas emitidas a consumidor final en las que debe ser identificado el comprador.

16/06/2018

ATER - REGIMEN ESPECIAL DE REGULACIÓN PARA EL SECTOR COMERCIAL

En el marco de la vigencia de la Ley 10.557 de Reforma Tributaria, la provincia ha dispuesto un régimen Especial de Regularización de deudas para todos los contribuyentes del sector comercial (mayorista y minorista),con el objeto de facilitar una ventana de oportunidad única de baja en la presión tributaria, a través del acceso a las menores alícuotas previstas en la ley 10.557 (3,5% para los micro y pequeños contribuyentes de hasta 75 Millones de facturación anual, y 4% para los Medianos contribuyentes de hasta 900 millones de facturación anual).
De acuerdo con lo establecido en la Resol. 75/18 MEHF del 15 de Junio de 2018 el régimen se extenderá hasta el 30 de Junio de 2018 ,siendo este el plazo único e improrrogable fijado para manifestar la voluntad de acogimiento. Asimismo, prevé la posibilidad de saldar las deudas de impuestos provinciales mediante pago único o esquemas de cuotas – ver abajo – y a diferencia de procesos anteriores, la tramitación del acogimiento será desdoblada en dos instancias;

La primera, con plazo hasta el 30 de junio, comienza con la manifestación voluntaria de acogimiento a través de nuestros servicios web con Clave fiscal -con previa adhesión obligatoria al Domicilio Fiscal Electrónico (Res. 150/18 ATER) por parte de los contribuyentes alcanzados - que concluye con el otorgamiento de una CONSTANCIA que habilita la suscripción de un plan de pago.

La segunda, con plazo hasta el 13 de julio, se continúa con la concurrencia a la oficina de representación citada en la constancia y procediendo a la efectiva suscripción del plan antes la fecha citada, plazo tras el cual se considerarán como DESISTIDAS todas las manifestaciones de acogimiento no tramitadas.

15/04/2018

Obligatoriedad de recibir pagos electrónicos | cpceer.org.ar, SOBRE LA OBLIGACION DE LOS PROFESIONALES DE  ACEPTAR PAGOS CON TARJETA DE DEBITO.

22/12/2017

L a Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los nuevos valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción ...

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