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Lindo día a todos
18/09/2022

Lindo día a todos

21/04/2021

¿Los administradores y el personal de aseo del condominio pueden trabajar durante la cuarentena?
Los administradores no pueden trabajar durante la cuarentena, según el más reciente anuncio de la autoridad sanitaria. El personal de aseo sí puede trabajar durante la cuarentena, fue contemplado en el instructivo del 27 de abril para el desplazamiento. Los mayordomos y funcionarios de seguridad también fueron incluidos y pueden acudir al condominio a realizar sus labores de rutina. En el documento se especifica que el Permiso Único Colectivo solo puede ser “solicitado por una empresa o institución de rubro esencial que se señala en el título V de este Instructivo”.

Los rubros esenciales mencionados eran los siguientes: servicios de utilidad pública, seguridad (entre los que están contemplados los conserjes, los mayordomos, funcionarios de seguridad y el personal de aseo), prensa, alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico, educación, servicio público y equipos de campaña de candidatos a elecciones de concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales.

"Con respecto a los auxiliares de aseo hubo un cambio. No estaban permitidos, pero con la nueva descripción de trabajadores esenciales se incorporarían y podrían realizar trabajos en las comunidades. Pasarían a estar como los conserjes, que tienen permitido trabajar en período de cuarentena”, comentó el abogado Juan Pablo Vargas.
Es que la nueva descripción de trabajadores esenciales entregada por la autoridad sanitaria contempla lo siguiente: “Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización. Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga”.

En el caso de los administradores, la autoridad sanitaria sí dejó super claro que seguirán sin la posibilidad de acudir en persona a los condominios mientras las comunas estén en cuarentena. "(Quedan fuera de actividad esencial las) labores de administradores, contables, financieros y de asesorías y consultorías", explicó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell en conferencia de prensa.

21/04/2021

¿Pueden trabajar los conserjes en comunas en cuarentena?
Sí pueden. Los conserjes de edificios y condominios pueden trabajar según el instructivo para permisos de desplazamiento que entró en vigencia el 7 de abril de 2021. La posibilidad de trabajar durante cuarentena de los conserjes fue ratificada, a pesar de que el Gobierno anunció mayores restricciones con relación a los desplazamientos debido al incremento de casos en todo el país.



“No hay ninguna modificación que impacte en la conserjería. Surgió una confusión porque se mostró en pantalla que los conserjes no iban a poder solicitar salvoconductos, pero se refería a que no iban a poder solicitar el permiso a los visitantes. No tiene nada que ver con su propia calidad de trabajadores y su asistencia al condominio. Además, la nueva descripción de trabajo esencial contempla la seguridad, así que en ese sentido van a poder seguir trabajando sin ningún problema”, explicó el abogado experto en copropiedad", Juan Pablo Vargas.
Entre las distintas opciones de permiso que se contemplan, la autoridad sanitaria especifica que podrán solicitar este permiso, como parte de personal de seguridad, los “conserjes, mayordomos, personal de aseo y funcionarios de seguridad ya sean de edificios, condominios y otro tipo de propiedades”.

Asimismo, explica que este permiso debe ser solicitado por los administradores de los mismos. Tiene una vigencia de 5 días corridos, de lunes a viernes y de 2 días (sábado y domingo) si se solicita para los fines de semana. Se debe especificar si se utilizará en horario diurno (de 5:00 a 22:00) o nocturno (de 22:00 a 5:00).

Para el desplazamiento en cuarentena, los conserjes deberán portar, junto al permiso único colectivo, una copia de su contrato de trabajo, o un certificado de la relación laboral que tenga una antigüedad no mayor a 30 días.

21/04/2021

PROYECTO DE LEY SOBRE NUEVA LEY DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA (BOLETÍN N° 11.540-14).

En los proximos días entra en recta final la aprobación de los cambios a la ley de copropiedad inmobiliaria, consideramos que estas modificaciones mejoran y actualizan ostensiblemente el cuerpo legal, esta ley se aprobó el 16 de diciembre de 1997, ya con 23 años desde su creación era necesario una actualización. Ha sido un largo recorrido, con análisis, cambios y mejoras. Todas estas modificaciones ayudarán a mejorar el como se administran las comunidades del país, y contribuirá a mejorar las relaciones entre los vecinos que integran las comunidades.

21/04/2021

¿Cómo denunciar?

El maltrato animal puede ser denunciado por cualquier persona bajo el modelo de querella criminal, un escrito judicial que debe hacerse ante el Ministerio Público (Fiscalía local del lugar en donde se ha cometido el acto de maltrato), con los carabineros puedes denunciar llamando al teléfono 133, o con Brigadas Investigadoras de Delitos Contra el Medio Ambiente (BIDEMA), o a través de una querella en los tribunales de justicia a nivel nacional.

Pasos para interponer la denuncia

Recopile la información:
Debes tener en cuenta los siguientes criterios.

A. Narración verídica con la mayor información del hecho de maltrato en donde se incluya la fecha exacta (día y hora), así como el lugar en donde ocurrió el hecho (calle, intersección de calles, numeración, comuna).

B. Datos básicos del autor del hecho de maltrato, información como nombre completo, dirección de residencia, nombres de testigos que puedan dar fe del hecho, estos pueden ser útiles en el momento de realizar su denuncia.

C. Será de gran ayuda si puedes registrar los hechos por medio de fotografías o material audiovisual que funcionen como prueba del maltrato.

D. Debes adjuntar una evaluación o diagnóstico de un Médico Veterinario, que documente por medio de un informe médico la condición corporal, las lesiones, heridas o traumas provocadas por la agresión y si es el caso el registro de posibles golpes con objetos contundentes, uso de elementos cortopunzantes, etc., con su debido pronóstico, evolución y tratamiento. De haber terminado en muerte el acto de maltrato, se debe adjuntar un informe de necropsia que de cuenta de las causas claras de la defunción del animal.

Encuentre la oficina del ente más cercano:
Puedes comunicarte con alguna de las entidades donde puedes interponer la denuncia, para que te informen cual es la oficina más cercana a tu residencia.

También puedes escribir a los correos [email protected] y [email protected] de la Brigada Investigadora de Delitos Contra el Medio Ambiente y Patrimonio (BIDEMA).

Realice la denuncia:
Una vez que identificó la fiscalía, comisaría o oficina de BIDEMA más cercana, puede ir a interponer su denuncia con todas las pruebas y documentos que recopiló.

https://armis.cl/auxiliares-de-aseo-podran-trabajar-en-cuarentena/
21/04/2021

https://armis.cl/auxiliares-de-aseo-podran-trabajar-en-cuarentena/

Condominios: Auxiliares de Aseo podrán trabajar en cuarentena 1 abril 20211 abril 2021 por ARMIS Abogados La función de “Auxiliar de Aseo” de condominios fue declarada como “no esencial” por el decreto número 88 del año 2020 del ministerio de Hacienda, siendo posteriormente modificada po...

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07/03/2021

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Necesitamos tu apoyo para lograr la iniciativa." Que se devuelva el IVA a los condominios!Si estas de acuerdo puedes dej...
05/03/2021

Necesitamos tu apoyo para lograr la iniciativa." Que se devuelva el IVA a los condominios!
Si estas de acuerdo puedes dejar tu firma de apoyo, una vez que se recolecten muchas firmas, se presentará al poder ejecutivo una moción solicitando formalmente "Que se devuelva el IVA a los condominios".

En este enlace puede firmar.

Ayúdanos a conseguir firmas para esta iniciativa.
http://chng.it/gLSkYDG6pj

En este puedes leer la propuesta.
https://agacech.com/solicitud-de-devolucion-de-iva/

Pensando siempre en el mayor beneficio de quienes viven en comunidad, AGACECH AG está impulsando fuertemente la idea de que el Estado pueda hacer devolución del IVA. Analizamos la situación actual y las razones que nos llevan a creer que es factible. Por Paula Avilés V. En mayo del año pasado, ...

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