21/04/2021
¿Los administradores y el personal de aseo del condominio pueden trabajar durante la cuarentena?
Los administradores no pueden trabajar durante la cuarentena, según el más reciente anuncio de la autoridad sanitaria. El personal de aseo sí puede trabajar durante la cuarentena, fue contemplado en el instructivo del 27 de abril para el desplazamiento. Los mayordomos y funcionarios de seguridad también fueron incluidos y pueden acudir al condominio a realizar sus labores de rutina. En el documento se especifica que el Permiso Único Colectivo solo puede ser “solicitado por una empresa o institución de rubro esencial que se señala en el título V de este Instructivo”.
Los rubros esenciales mencionados eran los siguientes: servicios de utilidad pública, seguridad (entre los que están contemplados los conserjes, los mayordomos, funcionarios de seguridad y el personal de aseo), prensa, alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico, educación, servicio público y equipos de campaña de candidatos a elecciones de concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales.
"Con respecto a los auxiliares de aseo hubo un cambio. No estaban permitidos, pero con la nueva descripción de trabajadores esenciales se incorporarían y podrían realizar trabajos en las comunidades. Pasarían a estar como los conserjes, que tienen permitido trabajar en período de cuarentena”, comentó el abogado Juan Pablo Vargas.
Es que la nueva descripción de trabajadores esenciales entregada por la autoridad sanitaria contempla lo siguiente: “Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización. Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga”.
En el caso de los administradores, la autoridad sanitaria sí dejó super claro que seguirán sin la posibilidad de acudir en persona a los condominios mientras las comunas estén en cuarentena. "(Quedan fuera de actividad esencial las) labores de administradores, contables, financieros y de asesorías y consultorías", explicó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell en conferencia de prensa.