25/06/2021
🙋♀️ ¿Quiénes pueden acogerse?
🚫 1. Las personas naturales que no tengan la calidad de comerciantes.
2. Las anteriores personas que hayan incumplido el pago de 2 o más obligaciones de distinto acreedor, obligaciones que deben estar en más de 90 días en mora.
3. Y/o las personas que hayan sido demandadas en 2 o más procesos judiciales. 👩⚖️💥
Info. 3118666642l