08/06/2026
RESPUESTA: Depende …. si tu contrato de compra establece una cláusula que indique que las diferencias de superficie permitirán un ajuste al precio de venta pactado, entonces el vendedor podría tener argumentos para reclamar una diferencia de precio por el excedente de área.
Ahora bien, si el contrato establece la venta de una propiedad determinada por un precio total (por ejemplo, “el inmueble se vende por US$63,000”), y no establece que el mismo pueda ser ajustado en caso de una mensura mayor, el precio generalmente no se modifica.
Es importante colegir que en el sistema inmobiliario dominicano, es frecuente que durante los procesos de deslinde o actualización catastral aparezcan diferencias entre la superficie estimada inicialmente y la superficie reflejada en el Certificado de Título.
Por sí sola, esa diferencia no significa automáticamente que el comprador deba pagar más. La obligación dependerá del contrato y de las circunstancias específicas de la venta.
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