MVA Administración de Fincas

MVA Administración de Fincas Administración de Fincas. Gestión eficaz y transparente de comunidades.

Después de tanto calor … a pasar frío… qué gusto ❤️
14/05/2023

Después de tanto calor … a pasar frío… qué gusto ❤️

20/03/2021

¿Puedo usar el ascensor para transportar materiales de obras?


Suele ser práctica habitual en las comunidades que algunos comuneros optan por realizar obras en su inmueble y los trabajadores encargados de la misma usan el ascensor común para realizar los movimientos de objetos. En estos casos, los comuneros se ahorran la correspondiente grúa que debería utilizarse en estas funciones y además no se solicita permiso alguno al presidente.

Para resolver esta cuestión debería aprobarse una normativa de régimen interno por mayoría simple para regular este uso y fijar incluso un periodo máximo, o también imponer una tasa económica por día, ya que ello provoca una evidente molestia al resto de comuneros que se ven imposibilitados de hacer un uso normalizado del ascensor.

Mal uso del ascensor

Pero por otro lado hay un tema más importante que es el relativo a que este mal uso del ascensor -porque esto no es un montacargas, ni está concebido para ese fin- puede producir daños en el funcionamiento del ascensor que pueden no ser detectados al concluir las labores, y que en un momento determinado pueden aparecer y causar un fallo grave en el sistema que le provoque un coste a la comunidad o a la empresa de mantenimiento.

El ascensor no es un montacargas, ni está concebido para ese fin y su mal uso puede causar un fallo grave en el sistema que le provoque un coste a la comunidad o a la empresa de mantenimiento

Para evitar esta situación sería posible aprobar en las normas de régimen interno un punto en donde se incluya que en estos casos de uso del ascensor será obligatorio avisar a la empresa de mantenimiento para que lleve a cabo una inspección y revisión del ascensor y eleve un informe a la comunidad sobre las posibles consecuencias de ese uso y si ha afectado a la estructura y funcionamiento del ascensor, haciéndose constar en el acuerdo que ese coste debería ser asumido por el comunero.

Por otro lado, tanto las comunidades como las empresas de ascensores deberían incluir en sus contratos de mantenimiento una cláusula que recogiera estas circunstancias al modo de obligarse mutuamente a protocolizar esta situación y obligarse a pasar estas revisiones para puntuales cuyo coste sería asumido por cada comunero.

Consecuencias de un uso inadecuado

Debe tenerse en cuenta que un uso inadecuado del ascensor, como es este, puede provocar a la larga, o a veces a corto plazo, unos daños no visibles exteriormente. Por eso, si se toma la decisión de permitir ese uso las medidas de precaución deben ser importantes y fijar en esa normativa interna por un lado la obligación del pago por el comunero de la revisión de la empresa de ascensores, y, por otro, la inclusión en el contrato entre comunidad y empresa de estas eventualidades.

Ello evitará que tengan que depurarse responsabilidades que podrían ser no sólo civiles, sino también penales en casos de imprudencia provocada por fallos del funcionamiento del ascensor que puedan provocar una muerte o lesiones graves. Y conste que está responsabilidad podría alcanzar no sólo a los responsables de la empresa de ascensores por un hipotético mal funcionamiento, sino incluso al presidente de la comunidad.

22/02/2021

Morosidad en Pandemia

Hay dos tipos de morosos: el que se ha visto en una situación complicada puntualmente por la pandemia, que es con quien es fácil llegar a un acuerdo; y luego están los que yo llamo morosos profesionales y que no pagan porque no quieren...

10/02/2021

Según un estudio de esta Fundación, en colaboración con la Cátedra UNESCO del Derecho a la Vivienda de la Universidad Rovira i Virgili, en la actualidad solo un 0,6% de los edificios de viviendas en España son universalmente accesibles y, por este motivo, un 22% de las personas con movilidad reducida ha tenido que cambiar de vivienda. Asimismo, en condiciones pre-covid 1,8 millones de españoles precisaban de la ayuda de terceros para salir de sus casas, y 100.000 personas no salían nunca de sus viviendas debido a la falta de accesibilidad de sus edificios.

Aunque los administradores de fincas colegiados estamos trabajando desde hace años para garantizar la accesibilidad de las viviendas, existen una serie de dificultades. Para empezar las comunidades de propietarios, en general, no disponen de recursos económicos para la ejecución de las obras necesarias. Por ello, es importante que parte de esos fondos para la rehabilitación vaya destinado a la accesibilidad.

03/11/2020

¿PODEMOS CESAR AL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD?
En ocasiones no es raro que algunos vecinos se puedan plantear cesar al presidente de su Comunidad ya que este no cumple con sus funciones o sus actuaciones pueden ser incluso perjudiciales al interés de la Comunidad.
La cesión (denominada remoción) viene contemplada en el artículo 13.7 de la LPH, y no se refiere sólo al presidente, sino a cualquier órgano de gobierno de la Comunidad.
Para remover al presidente es preciso convocar una Junta extraordinaria teniendo el requerimiento de como mínimo una cuarte parte de los propietarios o al menos el 25% de la cuota total de participación (artículo 16.1 de la LPH).
No se exige alegar una causa dolosa o culposa para remover al presidente, pero sí es necesario una causa legítima, pues de no ser así puede dar lugar a un conflicto de abuso de derecho.
El presidente podrá manifestar, en la Junta Extraordinaria, lo que le interese respecto a la propuesta de su remoción, que ha de discutirse y aprobar por mayoría. En caso de que el presidente que va a ser removido no asista, cualquiera de los propietarios podrá proceder al recuento de votos, constando así en el acta.

06/02/2020

Las estadísticas de los últimos años nos dicen que la mayoría de las intervenciones del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid se realizan mayoritariamente en las viviendas. De 1612 intervenciones en 2018, 1295 corresponden a viviendas particulares, lo que representa un 82%. Con el agravante de que en 2019 ya se han registrado 6 fallecimientos como consecuencia de un incendio.
Sabemos lo que hay que hacer y lo que no debemos hacer nunca. Pero… ¿qué podemos hacer si a pesar de tomar las medidas, o por no se produce un incendio?


Si el incendio se produce en nuestra vivienda

• Para intentar apagarlo, caso que se produzca en nuestra vivienda, es muy recomendable disponer de un extintor, una manta ignífuga y detectores de humo y detector de gas (si guisamos con gas) -es como el seguro, mejor no tener que utilizarlo, pero hay que tenerlo por si acaso-
• Intentar extinguirlo nada más comenzar. Si tenemos detector de humos nos avisará (luego hablaremos con más detalle sobre los detectores de humos) y podremos conseguir que se quede en una alarma.
• Si no tenemos en casa un extintor, al menos tener localizado el más cercano de las zonas comunes del edificio (escalera o portal).
• Nunca intentar apagar un fuego echándole agua.
• Si no podemos apagarlo, no dudemos en salir de la vivienda dejando cerrada la puerta.
• Si el fuego nos impide salir de la vivienda cerrar las puertas de las habitaciones que podamos, tratemos de protegernos en el exterior (terraza o balcón) o asomarnos a una ventana para que nos vean.
• Lamar al 112 y dar aviso del incendio.
• Si salimos de la vivienda, esperar a los bomberos para darles la información que precisen.

Si el incendio se produce por debajo de su vivienda

• No salir nunca de la vivienda si hay fuego que nos impida bajar o humo en la escalera. Mueren más personas por el humo que por el fuego.
• Si no podemos salir de la vivienda, poner trapos/toallas mojados en todas las rendijas de la puerta de entrada para que no nos entre el humo y no abrir la puerta.
• Si el fuego es por el exterior del edificio o patio, mojar las ventanas amenazadas por las llamas.
• Hacer señales desde una ventana para que nos vean desde la calle e intenten evacuarnos. Nunca intente escapar por una ventana: ¡espere a ser rescatado!
• Llame al 112 e indique su posición y circunstancias que le afecten: problemas de movilidad, si hay niños con usted, el número de personas en la vivienda, etc.

Si el incendio se produce por encima de nuestra vivienda

• No encontraremos humo en la escalera y podremos abandonar la vivienda.
• Protéjanse con mantas y salgan de la vivienda sin recoger nada. Lo más valioso es la vida.
• No usar el ascensor bajo ningún concepto, nos podríamos quedar atrapados en él.
• No correr. Abandonar el edificio con tranquilidad y a ser posible entregar las llaves de nuestra vivienda a los Bomberos, porque es posible que tengan que reconocerla.
• No alarmar a los vecinos por el telefonillo, ni animarlos a abandonar su vivienda, porque podríamos ponerlos en peligro si alguno de ellos sale a la escalera donde hay humo.
• Si somos testigos de un incendio llamar a los Bomberos y darles la alarma. No confiar que otra persona lo hará.
• LLamar al 112, detallando el número de plantas del edificio, en qué planta es el incendio y si hay gente pidiendo ayuda.
• Si el número de la calle es complicado de localizar, dar alguna referencia que pueda ser de ayuda para localizar la ubicación.
• Esperar a los servicios de emergencia en lugar próximo e indicarles el lugar concreto del incidente.

05/12/2019

Las ventas de vehículos eléctricos en noviembre vuelven a marcar máximos y superan en un 44,5% las obtenidas en el mismo mes de 2018. La instalación de puntos de recarga en garajes particulares es un punto a abordar.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que rige el funcionamiento de las comunidades, dice que el propietario solicitante solo requiere comunicarlo a la comunidad y asumir los costes que conlleve la instalación. Unos costes que varían en función de parámetros como distancia al contador o tipo de punto de recarga, pero en general, entre 500 y 2.000 euros.

Con todo, la demanda actual de puntos de carga se está solucionando a nivel individual y esto, técnicamente, no es lo ideal. Lo correcto sería planificar una preinstalación que sirva para toda la comunidad y tener en cuenta el suministro (potencia demandada e infraestructura necesaria) de una forma más ordenada. “Lanzar muchas canalizaciones y cables sin orden ni concierto no solo es un problema estético para el edificio, tal y como pasó con las antenas de TV. Llegará un punto en el que muchas instalaciones no sean viables (técnica o económicamente), especialmente en aquellos casos en los que haya mucha distancia entre el contador y la plaza de garaje”

26/11/2019

¿Tienes dudas de cómo se administra tu finca? Éste es tu espacio.

25/11/2019

LA IMPORTANCIA DE SER UN ADMINISTRADOR DE FINCAS COLEGIADO

¿Realmente tiene importancia que el Administrador de tu comunidad esté colegiado?

No lo dudes, es la mejor garantía para el buen funcionamiento de tu comunidad de vecinos y la correcta gestión de tu inmueble.
El administrador de fincas colegiado tiene una preparación específica, cuenta con la titulación oficial que acredita su formación para asesorar y administrar correctamente bienes inmuebles.
El Colegio de Administradores de Fincas pone a disposición de sus colegiados todas las asesorías profesionales, cursos y unificación de criterios necesarios para complementar la Ley de Propiedad Horizontal.
Tiene formación continua ya que asiste a cursos y conferencias para actualizarse en lo que se refiere a las obligaciones tributarias, a ayudas y subvenciones, garantizando una correcta gestión administrativa y económica.
Está capacitado para manejar y mediar en conflictos vecinales y gestionar los probables problemas.

Contar con un Administrador de Fincas Colegiado es, en definitiva, garantía de profesionalidad y responsabilidad absoluta para el buen funcionamiento de una comunidad de vecinos y la correcta gestión de un inmueble como valor de inversión.

Dirección

Habana 23 Local B
Fuenlabrada
28945

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 14:00
15:00 - 18:30
Martes 09:00 - 14:00
15:00 - 16:00
Miércoles 09:00 - 17:00
18:00 - 19:00
Jueves 09:00 - 14:00
Viernes 09:00 - 14:00

Teléfono

+34679462258

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando MVA Administración de Fincas publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a MVA Administración de Fincas:

Compartir