17/10/2022
¿PRIVATIVO O
COMUNITARIO?
Esa es la gran cuestión y a quién corresponderá, por tanto, la responsabilidad según donde se produzca una rotura.
Cuando hablamos de un edificio de viviendas en los que existen zonas comunes y zonas privativas, se dan situaciones en las que hay instalaciones comunes pasando por riesgos privados (bajantes) e instalaciones de uso exclusivo de una vivienda que tiene su paso por zonas comunes (montantes de agua), entre otros.
Si la rotura del montante, instalación que da servicio exclusivo a cada uno de los pisos de modo individualizado y diferencia del resto, se produce fuera del ámbito o límites de dicho piso, es donde viene la disputa y las divergencias de opiniones. Si la instalación solo me da servicio a mi, debería ser mía, ¿no?
Pues no. Aquí tenemos la explicación en base a la legalidad vigente.
"Según establece el 𝐚𝐫𝐭í𝐜𝐮𝐥𝐨 𝟑𝟗𝟔 𝐝𝐞𝐥 𝐂ó𝐝𝐢𝐠𝐨 𝐂𝐢𝐯𝐢𝐥 𝐄𝐃𝐋 𝟏𝟖𝟖𝟗/𝟏 𝙨𝙤𝙣 𝙚𝙡𝙚𝙢𝙚𝙣𝙩𝙤𝙨 𝙘𝙤𝙢𝙪𝙣𝙚𝙨, entre otros, las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, "𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗹𝗮 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗮𝗱𝗮 𝗮𝗹 𝗲𝘀𝗽𝗮𝗰𝗶𝗼 𝗽𝗿𝗶𝘃𝗮𝘁𝗶𝘃𝗼" y el 𝐚𝐫𝐭í𝐜𝐮𝐥𝐨 𝟑 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐋𝐞𝐲 𝐝𝐞 𝐏𝐫𝐨𝐩𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐇𝐨𝐫𝐢𝐳𝐨𝐧𝐭𝐚𝐥 𝐄𝐃𝐋 𝟏𝟗𝟔𝟎/𝟓𝟓 establece que el derecho singular y exclusivo de propiedad, se extiende a las instalaciones "𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐬𝐭é𝐧 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐞𝐧𝐝𝐢𝐝𝐚𝐬 𝐝𝐞𝐧𝐭𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐬𝐮𝐬 𝐥í𝐦𝐢𝐭𝐞𝐬 y sirvan exclusivamente al propietario", salvo disposición expresa en el título o en los estatutos".
Con lo cual, además de las propias definiciones que de Continente asegurado pueda hacer el condicionado general de una póliza de seguros de hogar, existen dos leyes que ratifican que aún cuando la instalación de servicio única y exclusivamente al riesgo asegurado, al estar ubicado fuera del límite comprendido por la propiedad privada se tiene que considerar como un ELEMENTO COMUNITARIO y, por tanto, corresponderá a la CP la conservación y mantenimiento de dicha instalación.
Deseamos que os pueda servir de aclaración y resuelva dudas al respecto ya que, existen mucha discrepancia por desconocimiento de lo anteriormente citado y generar errores de apreciación entre copropietarios, fontaneros, presidentes de CP, etc.