29/05/2026
En una comunidad de propietarios, no todas las obras dependen de lo que se vote en junta.
👉 Y ahí es donde surgen muchos conflictos. Existe la idea de que cualquier actuación debe aprobarse por mayoría… pero la Ley de Propiedad Horizontal distingue claramente entre tipos de obras.
📌 Hay actuaciones que son obligatorias, incluso sin acuerdo previo:
— Obras necesarias para la conservación del edificio
— Actuaciones que garanticen la seguridad
— Intervenciones para cumplir condiciones de habitabilidad
— Obras de accesibilidad (en determinados supuestos)
💡 ¿Qué implica esto? que la comunidad no puede negarse cuando se trata de actuaciones necesarias. No es una cuestión de voluntad… es una obligación legal.
Entender esta diferencia evita bloqueos en junta y mejora la gestión.