Terraminium Huesca

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Si quieres minimizar los gastos de tu comunidad, y maximizar los servicios que recibes: no lo dudes ¡ven a vernos!. Estaremos encantados de informarte de nuestra forma de trabajar: Transparente, fiable, efectiva.

31/07/2026

¿Pueden subirme el alquiler por instalarme un aire acondicionado? Pues depende:
Te pueden subir el alquiler por poner aire acondicionado como obra de mejora según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), pero SOLO si han pasado 5 años de contrato (7 años si es una empresa) o si hay un acuerdo firmado entre ambos.

Requisitos para la subida de precio💸
✅ Plazo legal: No te pueden subir el precio de forma unilateral si llevas menos de 5 o 7 años en la casa, a menos que aceptes la subida por escrito.

✅ Límite de la subida: El aumento se calcula aplicando el interés legal del dinero más tres puntos al coste de la obra, y nunca puede superar el 20% de la renta que pagas en ese momento según el artículo 19.1 de la LAU.

✅Aviso formal: El dueño debe comunicar por escrito la subida del alquiler, “detallando los cálculos que conducen a su determinación y aportando copias de los documentos de los que resulte el coste de las obras realizadas”, de acuerdo con el art. 19.3 de la LAU.

Por tanto, el arrendador no puede imponer unilateralmente una subida del alquiler tras colocar el aire acondicionado.

16/07/2026

Existe mucha confusión sobre qué puede hacer un propietario ante una ocupación ilegal. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS 426/2026) ha unificado doctrina. La paradoja es que la ahora denominada “doctrina sobre okupas”, no nace de un caso de , sino de un divorcio.

Típico caso en el que uno de los cónyuges, cancela el contrato de suministro eléctrico de la vivienda familiar en la que ya no vive pero del que era titular; dejando al otro cónyuge que sí vive varios días sin luz. El Juzgado de lo Penal nº 3 de Vigo lo condenó por coacciones. La Audiencia de Pontevedra ratificó la condena. Y el Supremo cierra el círculo desestimando el recurso de casación.

El Pleno de la Sala de lo Penal del TS entiende que no es legítimo dar de baja los suministros cuando el ocupante tiene derecho a estar en la vivienda, aunque no sea de su propiedad. Aunque el TS advierte: su criterio no es trasladable «de manera automática o acrítica» a todo corte de suministros. No es equiparable la situación de quien posee la vivienda con un título legítimo (morador del domicilio familiar) a la de quien la ocupa sin derecho o título alguno (okupas).

✔️ SÍ es delito: A un cónyuge en pleno divorcio: Dar de baja los suministros de la vivienda familiar para presionar a tu expareja a irse es un delito de coacciones (art 172 del Código Penal). Al haber un derecho de uso de la vivienda, se debe resolver por vía civil, no por la fuerza.

❌ NO es delito: A un okupa "puro" (sin contrato previo): Si la vivienda ha sido usurpada de forma ilegal por personas sin ningún tipo de contrato ni relación previa, dar de baja los suministros no constituiría delito de coacciones. Al no existir un título legítimo que proteger, el propietario no tiene la obligación de costear sus gastos.

⚠️ La excepción del inquilino moroso o "inquiokupa": Si el ocupante entró con un contrato de alquiler que ya ha vencido o que no paga, NO le puedes cortar la luz. Al existir una relación contractual previa, la ley sí lo considera delito de coacciones. Aquí la única vía es la demanda de desahucio.

Ante cualquiera de los casos u otros parecidos, asesórate previamente con un abogado.

15/05/2026

🏠 ¿ERES INQUILINO? Cuidado con las deducciones por eficiencia energética ⚡️
Si eres inquilino y has pensado en realizar obras para mejorar el aislamiento o la eficiencia de tu vivienda (como cambiar ventanas o instalar placas) ), esta resolución de la Dirección General de Tributos (DGT) te interesa.

La DGT ha arrojado luz sobre una duda muy frecuente mediante una reciente consulta vinculante V1731-25 (23 /10/2025), y la respuesta es clara: el inquilino NO tiene derecho a la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en el IRPF.

¿Qué dice la DGT? ⚖️ Aunque el inquilino sea quien costee íntegramente las obras con el permiso del propietario, la normativa actual reserva este beneficio fiscal exclusivamente para quien ostenta la titularidad del inmueble.

La DGT aclara que cuando la ley menciona viviendas "arrendadas", se refiere al incentivo para que el propietario mejore su inmueble, no para que el inquilino lo haga.

Consejo de tu Administrador Terraminium: 🤝 Antes de pactar con tu casero realizar obras de mejora a cambio de beneficios fiscales, recuerda que solo el propietario podrá aplicarlos en su Renta. Es vital conocer la ley para evitar errores y posibles sanciones de la Agencia Tributaria.

¡Comparte este post para que ningún inquilino pierda dinero por falta de información! 📲

12/05/2026

¿Alguna vez has sentido que los temas de tu comunidad te quitan energía? En la imagen de arriba ves el resultado de una gestión bien hecha: paz mental. 🧘✨

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05/05/2026

¿Puedo instalar el toldo que yo quiera en mi terraza?
No, no puedes poner “cualquier” toldo en tu balcón sin más. Aunque el balcón sea de uso privativo, forma parte de la fachada del edificio, que es un elemento común, por lo que cualquier instalación que altere su estética (como un toldo) requiere autorización de la junta de propietarios.

De acuerdo con el art 17.4 de la LPH, debes:
1️⃣ Consultar los Estatutos, Reglamento o Acuerdos Previos que pudiesen establecer los requisitos para instalar toldos y pérgolas (dimensiones, material, color, etc.). Si hay un modelo ya establecido, deberás ajustarte al mismo.

Para ello, consulta siempre antes al Presidente o al Administrador.

2️⃣ En caso de no haber nada establecido, tal y como señala el art 16.2 de la LPH, será necesario comunicárselo por escrito al Presidente de la Comunidad, para que lo incluya en el orden del día para su votación en la siguiente Junta.

3️⃣ Se requiere el voto favorable de las tres quintas partes (3/5) del total de propietarios y cuotas (art 17.4 LPH).

4️⃣ Ayuntamiento. En algunos municipios también hay ordenanzas sobre toldos (sobre todo en zonas históricas), así que conviene comprobarlo también.

⚠️ Riesgo de sanciones: Instalar un toldo sin permiso puede obligarte a retirarlo y restaurar la fachada a su estado original.

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01/05/2026

La división horizontal es un acto jurídico y técnico que divide un edificio o inmueble en varias fincas registrales independientes (pisos, locales, garajes).

Convierte un inmueble único en una comunidad de propietarios con elementos privativos y zonas comunes compartidas, requiriendo:
✔️ Escritura pública ante Notario.
✔️ Inscripción en el Registro de la Propiedad.

💡 Aspectos clave:
✔️ Finalidad: Permite la venta, hipoteca (⚠️si no hay división horizontal, no hay escritura y no puedes pedir hipoteca) o gestión individual de cada vivienda o local.
✔️ Cada unidad dispone de su propia escritura y referencia catastral.
✔️ Elementos comunes: Áreas compartidas (escaleras, ascensor, estructura).
✔️ Cuota de participación: Cada unidad recibe un porcentaje de copropiedad sobre las zonas comunes, esencial para gastos de comunidad.

📋 Ejemplos de uso:
✔️ Creación de nuevas comunidades de vecinos.
✔️ División de un chalet grande en dos pisos independientes.
✔️ Segregación de un local comercial (para segregarlo hay que modificar la división horizontal. Sin actualizar la división horizontal, el local segregado "no existe" para el Registro de la Propiedad).

👁️ Ojo: Requiere aprobación técnica (arquitecto), es decir, es necesario un Proyecto de División Horizontal que esté firmado por un técnico con competencias (un arquitecto o un aparejador), y de la aprobación por la Junta de Propietarios por tres quintas partes del total de los propietarios si es un edificio antiguo (si es nuevo crea el proyecto durante la construcción del edificio).

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24/04/2026

El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia 499/2026 de 15 de abril de 2026, ha avalado que los vecinos no tienen que pagar la instalación de un ascensor si la obra supone una afección negativa a su propiedad privada, como perder espacio en un trastero o vivienda. Esta causa justificada permite que el coste se reparta entre el resto.

El caso parte de un edificio donde la junta acordó exonerar del pago a 3 propietarios cuyos trasteros debían ser ocupados para instalar el ascensor, al ser la única alternativa técnica viable. No obstante, fue impugnado por otros miembros de la junta de propietarios que rechazaban el sobrecoste.

El Supremo entiende que la obra era necesaria, no había alternativas viables y el reparto del coste se hizo conforme a criterios objetivos.

✅ Exención objetiva: La exención NO se basa en “no usar” el ascensor, sino en que la instalación cause un perjuicio directo a su propiedad.
El Supremo vuelve a ser tajante: no usar el ascensor o vivir en un bajo no basta por sí solo para evitar el pago.

✅ Justificación: El TS considera lógico que la Junta exonerase del pago de la derrama a tres vecinos ya que tuvieron que ceder sus trasteros para la instalación, que de otra forma no hubiese sido posible. Se trata de una compensación, no de un privilegio.

✅ Reparto de gastos: El Supremo considera que repartir entonces el coste de instalación entre el resto de propietarios no vulnera el principio de igualdad entre comuneros al existir una razón técnica justificada. Esta interpretación refuerza la flexibilidad en el reparto de gastos y protege la propiedad privada frente a obras de accesibilidad que resulten gravosas para un particular.

💡Importante: La exoneración de estos gastos es válida mientras responda a una causa objetiva que esté directamente vinculada a la instalación y se apruebe con la mayoría exigida para la obra, incluso si esto implica una modificación del título constitutivo o del régimen estatutario, mientras no exista un perjuicio grave.

28/03/2026

La Sentencia del Tribunal Supremo (TS) nº 103/2026, de 29 de enero, marca un criterio clave en propiedad horizontal al limitar la capacidad de las comunidades de propietarios para prohibir situaciones previamente toleradas.

El caso analiza la nulidad de un acuerdo comunitario que impedía el uso de una salida de humos existente desde hacía años, reforzando los principios de buena fe y actos propios como límites al ejercicio de derechos.

En el supuesto concreto, la comunidad había permitido durante décadas la instalación y uso de la salida de humos, incluso conociendo y tolerando obras de reforma del nuevo propietario. Posteriormente, aprobó un acuerdo prohibiendo su uso y exigiendo su retirada, lo que motivó su impugnación al amparo del art. 18.1.c de la LPH.

El TS declara NULO el acuerdo al considerar vulnerado el art. 7.1 del Código Civil, que impone el ejercicio de los derechos conforme a la buena fe, así como la doctrina de los actos propios, que impide actuar contra una conducta previa generadora de confianza legítima.

Además, la sentencia vincula esta actuación con la prohibición del abuso de derecho del art. 7.2 del Código Civil, al entender que la comunidad ejercitó su derecho de forma tardía y contradictoria (YA QUE propietarios conocían el proyecto de reforma del local y el destino a hostelería). Se considera un ejercicio desleal del derecho.

⚖️ En conclusión, el Supremo establece que la tolerancia prolongada y la inactividad comunitaria pueden consolidar situaciones protegidas, de modo que no es válido prohibir posteriormente lo que durante años se permitió sin oposición.
Esta sentencia limita la capacidad de las comunidades de propietarios para tomar decisiones arbitrarias sobre elementos instalados previamente con su conocimiento.


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21/03/2026

¿Puedo podar las ramas del árbol del vecino que invaden mi propiedad? 🌳
Es una de las dudas más habituales en comunidades sobre todo ahora en primavera … y la respuesta puede sorprenderte 👇

❌ No puedes podar las ramas por tu cuenta, aunque estén dentro de tu propiedad.
La ley lo deja claro: actuar sin permiso puede acarrear sanciones o incluso problemas legales. Los artículos 591 y 592 del Código Civil son los encargados de regular todo lo relacionado con este problema cada vez más frecuente entre vecinos.

✅ Lo que SÍ puedes hacer:
👉 Exigir al vecino que corte las ramas que invaden tu vivienda o jardín.
👉 Si hay daños (hojas, ramas, riesgos…), puedes reclamar su poda.
👉 Si no responde, puedes recurrir a la vía legal para que un juez lo obligue.

⚠️ Importante:
✔ Las raíces que invaden tu terreno sí puedes cortarlas dentro de tu propiedad.
✔ Los árboles deben plantarse respetando distancias legales (normalmente 2 m).

🤝 Consejo profesional:
Antes de cualquier acción legal, intenta una solución amistosa. La mayoría de los conflictos vecinales se resuelven hablando.

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01/03/2026

Un juez de Madrid ha fallado a favor de un propietario que quería dividir su vivienda en dos, aunque la comunidad de propietarios se oponía a la operación. Según la sentencia, la Ley de Propiedad Horizontal no exige la unanimidad de vecinos para este tipo de cambios, sino solo una mayoría cualificada (3/5 partes) cuando se cumplen los requisitos legales.

📌 El fallo se basa, entre otros, en el artículo 10.3.b de la LPH, que permite la división material de pisos o locales y sus anejos en unidades independientes con autorización administrativa y los requisitos legales correspondientes (incluida la mayoría cualificada cuando corresponda), sin que sea necesaria la unanimidad de todos los copropietarios si no se modifican elementos comunes ni cuotas.

La comunidad intentó inicialmente exigir unanimidad y luego revocar su consentimiento, pero el tribunal recordó que no se pueden cambiar las reglas tras una votación válida y conforme a la ley.

💡 Conclusión para administradores de fincas: en reformas que no afectan elementos comunes ni modifican la estructura comunitaria, y cumpliendo la LPH, la comunidad no puede impedir por sí sola la división de una unidad privativa.


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