A.C. Administración de Fincas

A.C.  Administración de Fincas ADMINISTRACIÓN DE FINCAS, ABOGADOS, ASESORES

01/11/2016

¿Están obligados los propietarios de las viviendas en una comunidad, a dejar pasar por su piso cuando hayan obras ó reparaciones en la Comunidad?

Tenemos la respuesta en el artículo 9 de la L P H, y fundamentada en la sentencia la del TS Sala 1ª de 13 de diciembre 2001, que establece la obligación al propietario de permitir la entrada en su piso o local para realizar las labores de mantenimiento, reposición y reparación precisas en los elementos comunes, sin que sea preciso constituir para ello una verdadera servidumbre, sino cumplir con una obligación “Ob rem”, como es la derivada del referido artículo 9.1º; como es el caso de roturas de tuberías generales, reparaciones de fachadas, ... ó cuando se debe inspeccionar las canalizaciones comunes y privadas para detectar una fuga de agua.

Dirección

Padre Guaita Nº 10-7
Picassent
46220

Teléfono

625 777 659

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando A.C. Administración de Fincas publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir