15/10/2026
Muchos propietarios en Rota calculan lo que les va a quedar de la venta con una cuenta rápida: «si vendo por 200.000 € y me quedan 40.000 € de hipoteca, me sobran 160.000 €».
Y luego llega el día de la firma —o los meses siguientes— y aparecen los gastos que nadie les había puesto por escrito:
• La Plusvalía Municipal. El impuesto del Ayuntamiento sobre el valor del suelo. La paga el vendedor, y según los años que lleves con la casa el cálculo cambia por completo. • La cancelación de la hipoteca. Aranceles y gestoría del banco si no la tienes levantada. La paga el vendedor. • Notaría y registro. Si no hay pacto en contra, cada uno paga su parte: el vendedor la matriz, el comprador las copias y la inscripción. • El IBI del año. Lo habitual es prorratear los días del año según la fecha de la firma. • El Certificado Energético. Obligatorio: sin él no se puede escriturar. • El ITP. Ese lo paga el comprador, en los 30 días hábiles siguientes.
Y el que más pesa y casi nunca se calcula: el IRPF de la ganancia patrimonial.
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