Inmobiliaria Finblancar

Inmobiliaria Finblancar Te acompañamos y asesoramos en todo el proceso, tanto si deseas vender tu vivienda como si lo que precisas en comprar una para tu familia. Seriedad y legalidad.

Vender tu propiedad o comprar tu casa son decisiones de una transcendia que aconseja contratar una Empresa especializada, honesta, ágil, preparada y que trate tu tema como si suyo fuera. Finblancar somos esa organización que te hará sentir tranquilo en todo el proceso, tanto si vendes una vivienda, como si la compras. Si precisas una empresa seria, solvente, profesional, con más de veinte años de

experiencia para que te acompañe, asesore, ayude, en la venta de tu vivienda, Finblancar es sin duda tu opción más fiable. Te valoramos (según mercado) y con constantes actualizaciones, tu vivienda, para que puedas sacar el máximo partido a la misma. Nos ocupamos de reunir toda la documentaicón necesaria (que no es poca) para que, en todo momento, te sientas acompañado y asesorado en el proceso y, así evitamos sorpresas de última hora, que pueden resultar fatales en una transacción tan importante. Si lo que buscas es asesoramiento continuado para comprar una vvivienda, saber todos los pasos a dar, sin riesgos, sin precipitaciones, Finblancar es tu opción. Disponemos de bufett jurídico que comprueba todos los aspectos legales de las fincas que gestionamos y analiza toda la documentación necesaria desde el minuto 0. Si precisas financiación para comprar una vivienda, también te lo solucionamos. Todo ello con relación contractual donde nos comprometemos a gestionar y preparar todo lo necesario y, donde también, como no puede ser de otra manera, especificamos nuestros honorarios, desde el primer día, para que sepas exactamente el coste de los mismos. Cuenta con nosotros y tu vida seguirá siendo tan tranquila como ahora.

Y respecto al Incremento Patrimonial, a nuestro entender, éste enlace es uno de los mejores artículos que podemos ofrece...
30/09/2021

Y respecto al Incremento Patrimonial, a nuestro entender, éste enlace es uno de los mejores artículos que podemos ofreceros.
En cualquier caso, no olvidéis que nos estamos presentando, y que cualquier consulta, duda o aclaración, siempre nos tendréis a vuestra disposición para resolverlo.

Aquí está el artículo:

Si vas a vender tu casa no te olvides de Hacienda. Esto es lo que debes saber sobre la venta de vivienda en el IRPF y la temida Plusvalía Municipal.

Seguimos con nuestro hilo de presentación de nuestra página.Para finalizar nuestra información inicial a aquellos propie...
30/09/2021

Seguimos con nuestro hilo de presentación de nuestra página.
Para finalizar nuestra información inicial a aquellos propietarios de viviendas que están pensando vender o ya se encuentran en dicho proceso, nos faltaría informaros de los pagos que tendréis que afrontar una vez transmitida la finca:

- Impuesto Municipal de Plus Valía: la forma de tramitarlo es presentar en la oficina de atención al ciudadano de vuestro Ayuntamiento, copia simple de la escritura de venta. El plazo de presentación (puede variar en función de vuestro consistorio, consultadlo) es de 30 días (improrrogable) a contar desde la firma de dicha escritura.
Os calcularán el importe a pagar (es muy difícil poder informaros al respecto, lo mejor es solicitar, previamente a la firma, que os hagan un presupuesto) y os enviarán a vuestro mail el abonaré con el importe y forma de pago.

- Impuesto de Incremento Patrimonial: cuando hagais la Declaración de I.R.P.F del año de la transmisión de la finca, deberéis indicar dicha transmisión, rellenando los campos que, a tal efecto, se detallan en la misma.
Si el importe de la transmisión lo invertíis en una nueva compra, estáis exentos de pago, siempre que se dedique toda la ganancia a la nueva compra y que ésta sea vuestra residencia habitual. Si disponen de 3 años, desde la fecha de la venta, para reinvertir dicho dinero.
Si no se reinvierte en vivienda habitual en el plazo indicado, se deberá declarar la ganancia patrimonial, la cual, más adelante detallaremos cómo se calcula.

Espero os haya resultado útil esta primera muestra de información y consejo.

Una vez iniciado el contacto con aquellas personas interesadas en vender una propiedad, iniciamos una serie de publicaci...
29/09/2021

Una vez iniciado el contacto con aquellas personas interesadas en vender una propiedad, iniciamos una serie de publicaciones que irán dirigidas a los posibles interesados en COMPRAR UNA VIVIENDA.

Antes de iniciar el hilo, permitidme que comparta con vosotros este artículo que acabo de leer, el cual considero altamente interesante, espero que os guste.

Algunos errores se cometen conscientemente y pueden resultar un lastre a largo plazo endeudándose en exceso, No consultar con un experto, no revisar el contrato, endeudarse en exceso o no contar con un fondo de maniobra son los 5 pecados capitales que se cometen a la hora de firma...

Qué documentos debo o no firmar?Por lo general y, aunque parezca un poco flojo decir esto, SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE debem...
29/09/2021

Qué documentos debo o no firmar?
Por lo general y, aunque parezca un poco flojo decir esto, SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE debemos leer, repasar, comprender; cualquier documento que vayamos a firmar.
En el momento que aparezcan compradores interesados, el documento a confeccionar (por parte del agente inmobiliario) y que debemos firmar, una vez de acuerdo con lo expuesto, ES EL CONTRATO DE ARRAS.
Dicho contrato obliga a las partes, la vendedora vender y la compradora comprar, penalizando a aquella que incumpliere.
En publicaciones posteriores nos extenderemos en dicho contrato.
En principio, en una transacción inmobiliaria, dejando aparte el contrato indicado hace dos publicaciones, con el agente inmobiliario, hasta la firma de la escritura pública de compra venta, NO TENDREMOS QUE FIRMAR NINGÚN DOCUMENTO MÁS.
Es posible que si nos hemos visto en la obligación de solicitar alguno de los documentos detallados en la publicación anterior, los profesionales encargados de ellos, nos hayan hecho firmar algún encargo de servicios etc..., o quizás el Banco, al solicitarle el certificado de cancelación de nuestra carga, también nos haya hecho firmar la solicitud del mismo (éste seguro que os lo hacen firmar, el Banco nunca entrega nada sin que lo hayas firmado anteriormente); más allá de esto, no deberías tener que firmar ningún papel más hasta que vayas al notario a vender.

Seguimos con nuestro hilo/guía inicial de presentación en nuestra página de Facebook.Una vez ya hemos decido vender, acu...
29/09/2021

Seguimos con nuestro hilo/guía inicial de presentación en nuestra página de Facebook.
Una vez ya hemos decido vender, acudir a un profesional, os explico un poco sobre los gastos que debemos prepararnos para afrontar por la venta de nuestra vivienda.
Pensareis, si vendo, cobro; no gasto.
Gastos, qué gastos?
Pues sí, hay gastos, los cuales clasificaremos en dos apartados:
1) Gastos seguros: Impuesto Incremento de Patrimonio en Declaración del I.R.P.F; siempre que el importe que percibamos no lo dediquemos, en un plazo máximo de 3 años, a la compra de una nueva vivienda que sea nuestra residencia habitual. En principio, por vender una finca NO tenemos más gasto obligatorio que éste; incluso lo podemos evitar si cumplimos lo indicado.
2) Gastos potenciales: como debemos reunir una serie de documentos, caso de no disponer de ellos, lógicamente deberemos encargarlos a profesionales y, por tanto, pagarlos:
- cédula de habitabilidad y certificado energético
- certificado corriente de pago comunidad de propietarios (muchos administradores cobran un pequeño importe por confeccionarlo).
- caso de tener carga hipotecaria sobre la vivienda: coste del certificado de cancelación o "saldo 0", coste de escritura notarial de cancelación de la carga, coste de inscripción de dicha escritura en el Registro de la Propiedad.
- caso de que nuestro edificio tenga más de 45 años: Informe de Inspección Técnica de Edificios (ITE).

Podría haber algún gasto más, a determinar en función de los variables de la finca a transmitir.

Habréis observado que en el apartado de gastos NO INCLUIMOS los honorarios acordados con el agente inmobiliario.
Entendemos que NO SE TRATA DE UN GASTO, si acertáis, veréis como dicha contratación ha sido un increíble ahorro de tiempo y, por tanto, de dinero para vosotros.
Permitirnos defender nuestro trabajo, estamos tan convencidos de ello.......

Temores a la hora de acudir a una agencia inmobiliria que nos ayude en el proceso de venta de nuestra vivienda.Básicamen...
29/09/2021

Temores a la hora de acudir a una agencia inmobiliria que nos ayude en el proceso de venta de nuestra vivienda.
Básicamente los temores, según nuestros estudios, que atenazan a los propietarios de una vivienda en el momento de buscar un asesor o agencia inmobiliaria, son de dos tipos:
1) Que tenga acreditada su seriedad, profesionalidad, solvencia y agilidad.
2) Y básicamente, qué coste va a representar dicha contratación.
Al respecto, como no puede ser de otra manera, es nuestra obligación, pero también, sin duda, nuestra convicción, que, al igual que cuando estamos enfermos acudimos al médico, cuando el coche se estropea, al mecánico, etc......., cuando hemos tomado una de las decisiones más importantes de nuestra vida, como es la de vender nuestra vivienda, debamos buscar aquel profesional inmobiliario que nos acompañe, asesore, en fin, que nos haga mucho más fácil todo el proceso.
La manera de decidir cuál es el más adecuado es una decisión vuestra en función de un montón de variables: recomendaciones, experiencias anteriores, etc...., aquí más no podemos deciros.
Como ayuda, os podemos indicar que, cuando contrateis un profesional o agencia, os comprometais ambos, por escrito y en un contrato de prestación de servicios, donde se haga constar a lo que se comprometen las partes y los honorarios a percibir por el profesional, debiendo quedar manifiestamente claros todos y cada uno de dichos puntos y emolumentos.
Un contrato SIEMPRE garantiza resultados y EVITA discrepancias.

Siguiendo con nuestro hilo, nos detenemos un momento en la documentación que necesitaremos para formalizar la venta de n...
29/09/2021

Siguiendo con nuestro hilo, nos detenemos un momento en la documentación que necesitaremos para formalizar la venta de nuestra vivienda.
Es el aspecto más farragoso de todo el proceso, dado que son bastantes los documentos que necesitaremos y varían en función de algunas variables como: si tenemos hipoteca sobre nuestra finca, si se trata de una vivienda acogida a las regulaciones de Protección Oficial, la antigüedad del edificio, los años que hace que la compramos, et......
Por eso es tan importante tener TOMADA la DECISIÓN de venta, ya que algún pequeño dolor de cabeza y, sobre todo, tiempo, deberemos de emplear en reunir y, en su caso, solicitar, toda la documentación necesaria; sin olvidar que, en algún caso, es posible, que también implique un coste la confección de aquella documentación de la que no dispongamos.
Entendemos importante, en este punto, acosejaros que acudais a una agencia profesional, contrastada, para que os ayude en este proceso

ES ESTE UN BUEN MOMENTO PARA VENDER?Siguiendo con lo expuesto en el hilo, saber realmente si es un buen momento para ven...
29/09/2021

ES ESTE UN BUEN MOMENTO PARA VENDER?
Siguiendo con lo expuesto en el hilo, saber realmente si es un buen momento para vender tu viviendo o no, depende, única y exclusivamente de lo argumentado en la publicación anterior, es decir, que VUESTRA DECISIÓN de venta sea 100% segura.
Todos los momentos son buenos para vender dado que, afortanademente, seguimos instalados en una época donde el parque de vivienda, respecto a su demanda, todavía, y pinta que para bastante tiempo, es menor al que requiere las necesidades de nuestro público.
En pocas palabras, TODO SE VENDE.
Afortunadamente la pandemia parece que está en vías de control definitivo y, otra cosa os quiero decir, en plena pandemia, hemos seguido haciendo operaciones de compra venta, muchas más de las que temíamos cuando todo explotó en marzo 2020.
Por tanto, el momento es bueno respecto de los indicadores y del día a día que os podemos transmitir, con lo que, si os parece, VAMOS A POR ELLO¡¡¡¡

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La Palma, 36 Bajos
Sabadell
08205

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Lunes 09:00 - 20:30
Martes 09:00 - 20:30
Miércoles 09:00 - 20:30
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