20/07/2023
¿CÓMO ACTUAR PARA LA SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS?
👉 PIDE LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL ♿️ EN TU EDIFICIO
🔹 ¿Dónde se establecen las normas sobre accesibilidad en las comunidades
de propietarios?
En el RDL 1/2013, que regula los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, y en la LPH, que regula todo lo referente a las comunidades de propietarios.
🔹 ¿Qué establecen estas normas? 📝
Establecen las condiciones legales para poder desarrollar obras de accesibilidad,
cuándo es obligatorio y cómo deben pagarse.
🔹 ¿Quién puede solicitar la realización de las obras?
Cualquier propietario lo puede solicitar pero, si lo hacen personas con discapacidad
o mayores de 70 años 👴🏼 (ya sean propietarios, inquilinos o trabajen en el inmueble), la obra será obligatoria en la mayoría de los casos.
🔹 ¿Se debe convocar Junta de Propietarios? 👥👥
Sí, para aprobar el proyecto, elegir la empresa que lo ejecutará, el presupuesto y su
financiación, así como la forma en que se va a repercutir el gasto entre sus propietarios. El acuerdo ha de ser por mayoría simple.