26/09/2025
ℹ️ Marcos y Leticia que han estado casados hasta ahora en REGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES se separan .
ℹ️ Marcos ha trabajado en una empresa y LetIcia se ha quedado al cuidado de la casa y de los hijos comunes de ambos.
Por eso, el juez en la sentencia ha establecido una compensación a favor de Leticia. Se trata de una compensación por contribución a las cargas del matrimonio .
💥 Esta compensación NO TIENE NADA QUE VER con la pensión compensatoria entre cónyuges.-
Según la ley,. quienes están casados en este régimen DEBEN CONTRIBUIR AL SOSTENIMIENTO DE LAS CARGAS FAMILIARES.
En este sentido, el trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas de la familia y por tanto cuando se extingue el régimen económico , el juez acordará una compensación.
⁉️ ¿ Como tiene que tributar?
😍 Para Leticia , la renta no constituye una ganancia patrimonial Este tipo de RENTA estaría exenta
😩 Para Marcos tampoco se puede aplicar la reducción de la base imponible para pagar menos
💥 Es decir NO FUNCIONA COMO UNA PENSIÓN COMPENSATORIA a favor del cónyuge, de hecho más bien justo funciona al revés de lo que lo haría la pensión compensatoria a favor del cónyuge