28/05/2013
Esta información puede ser de utilidad , y tambien la tramito!!!!!
Pagar una hipoteca y mejorar tu vivienda
Podrás usar un mismo crédito para pagar la hipoteca que hayas contraído con otra institución financiera y mejorar la vivienda que hayas hipotecado. Sólo podrás hacerlo con Crédito Infonavit.
La mejora que deseas hacer:
• No deberá afectar la estructura de tu casa.
• Su valor mínimo deber ser de 10 mil pesos y no podrá ser mayor al 50% del valor de la vivienda.
• Tu capacidad de compra debe cubrir el pago de la hipoteca y la mejora. Recuerda que tu capacidad de compra o la suma de tu monto de crédito más tu saldo en la Subcuenta de Vivienda.
La vivienda cuya hipoteca deseas pagar, debe:
• Ubicarse en una zona urbanizada y contar con todos los servicios (agua, drenaje y energía eléctrica).
• Estar lejos de depósitos de combustible, ductos subterráneos, líneas de alta tensión, ríos, lagunas, arroyos o pantanos; no ubicarse sobre cavernas, hondonadas, taludes, fallas geológicas, rellenos sanitarios, terrenos arcillosos o contaminados, entre algunas zonas de riesgo.
• Tener una vida útil mínima de 30 años.
• Tener sala-comedor, cocina y baño.
• Tener uso habitacional exclusivamente.
• Estar al corriente en los pagos de consumo de agua y predial.
• Contar con escritura o título de propiedad:
o Si el crédito que deseas es conyugal y estás casado por bienes separados, la vivienda debe estar escriturada a nombre de ambos.
o Si el crédito que deseas es conyugal y estás casado bajo el régimen de sociedad conyugal, la vivienda debe estar escriturada a nombre de alguno de los dos.
o Si el crédito que deseas es individual y estás casado por bienes separados, la vivienda debe estar escriturada sólo a tu nombre.
Importante
• No podrás usar el crédito para trámites de regularización.
• El Infonavit hará dos visitas de supervisión externa para comprobar las mejoras; el costo de estas visitas se descontará de tu capacidad de compra.
• El Infonavit no asume ni tendrá responsabilidad frente al constructor, ni frente a terceros, por defectos o vicios en la construcción de la obra o por mala calidad en los materiales empleados e incorporados en la obra, así como sobre el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.