27/02/2025
LOS ACCESOS A LAS PLAYAS CADA MIL ML , VIAS DE EVACUACIÓN y CIRCuLACION DE VEHÍCULO EN EMERGENCIA,( BOMBEROS, SERENOS, SALVATAJE, etc)
Carta abierta:
Señor Alcalde de Cerro Azul
José Pain García
Con atención a la Gerente General Carol
Y Gerentes de Defensa Civil
Fiscalización.
Defensa civil , estuvo la semana pasada en calle las estrellas,( colindante condominio hueso los Reyes y Neptuno II);verificando en situ la calle de evacuacion y acceso para vehículos de emergencia hacia la playa , esperando el informe .
Y de acuerdo a ley, lineamientos este debe cumplirse y aperturar las calles de evacuacion para ingreso de vehículos de emergencia , bomberos, asistencia médica directo a la playa en caso de emergencia,
No esperemos que suceda una muerte para actuar, catástrofe inminente, muerte, .
Salvar una vida por ahogamiento es por fracción de segundos . Y para ello su ingreso de vehículos en tiempos de emergencia debe ser viable las calles ya determinados .
La responsabilidad de una vida dependerá mucho de la acción de las autoridades a qué cumplan con la ley.
( Acceso cada 1000 ML).
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De acuerdo a la Ley de Playas (Ley N° 26856), existen determinadas áreas que deben respetarse. La primera es la zona de playa que comprende 50 metros desde la línea de alta marea, donde está prohibido construir.
Luego viene la zona de dominio restringido, de una extensión de 200 metros. En esta área puede existir propiedad privada y construcciones, pero la norma le exige al dueño habilitar, por lo menos, un acceso por cada mil metros.
Fuente: Prensa Activa