15/02/2023
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REVENDER COMBUSTIBLE ES UN DELITO
Según el Código Penal decreto legislativo N° 635 en el Título XII "Delito contra la seguridad Pública" en el Capítulo I: Delitos de peligro Común - Formas Culposas. En el artículo 279.
Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos y residuos peligrosos, menciona lo siguiente:
"El que, sin estar debidamente autorizado, fabrica, ensambla, modifica, ALMACENA, suministra, COMERCIALIZA , ofrece o tiene en su poder bombas, artefactos o materiales explosivos, INFLAMABLES, asfixiantes o tóxicos o sustancias o materiales destinados para su preparación, será REPRIMIDO con PENA PRIVATIVA de libertad no menor de seis ni mayor de quince años, e inhabilitación conforme al inciso 6 del artículo 36 del Código Penal" .
Entonces, en el caso actual de nuestra región los revendedores están almacenando y comercializando un material inflamable que obviamente no cuentan con la autorización del ente supervisor que en este caso es OSINERGMIN, corriendo de este modo el riesgo de ser denunciados y procesados según el artículo 279 del código penal.
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