06/03/2019
LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL,
Es una forma sencilla y rápida que tenemos los peruanos para solucionar nuestros conflictos de una manera consensual, quiere decir que las partes son quienes solucionan sus problema, con la ayuda de un conciliador extrajudicial debidamente acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien es imparcial, y va a facilitar el procedimiento conciliatorio en una audiencia. Las partes pueden estar acompañadas por una persona de su confianza ya sea letrado o no, siendo lo más recomendable asistir con un abogado para verificar la legalidad de los acuerdos. De llegar a un acuerdo se emite un acta de conciliación que es un título de ejecución que tiene carácter de sentencia judicial, las ventajas es económica, ahora tiempo y dinero.
Las materias conciliables son: Desalojos, Pago de deudas, Indemnización, Pago de arrendamiento, Otorgamiento de escritura, Obligación de dar, hacer y no hacer, División y Partición de bienes, Incumplimiento de contrato, Ofrecimiento de pago, Modificación de contratos, Problemas Vecinales, Pensión de Alimentos, Régimen de visitas, Tenencia de hijos, Otros derechos que se puedan negociar o disponer. Agradeceré llenar el siguiente formulario https://forms.gle/iSxKcw4Ce4cheeUy5
Consulta legal gratis, Cel. 999 663691.