12/05/2016
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE INMUEBLES
Marco legal
1.-Articulos 7º y21 de la ley Nº 27157- D.S. 035-2006-Vivienda
2.- Ley Nº 37333
3.- Articulo 950 del Codigo Civil Peruano
La prescripción adquisitiva de dominio, tiene como objetivo de otorgarle el derecho de titulo de propiedad a las personas que vienen poseyendo un inmueble en forma continua, pacifica y publica, ya sea que se encuentre inscrito a nombre de terceras personas o no este registrado, para ellos el solicitante debe contar con los siguientes requisitos mínimos exigidos por Ley.
1. Vivir en forma continua, pacifica y publica por un periodo de 10 años
2.- Contar con los autovaluos (HR y PU), a nombre de quien solicita la prescripción del bien. "no importa si no esta pagado"
3.- Contar con 3 testigos mayores de 25 años
4.- las de mas pruebas que complementarias que crea necesario, Recibo de luz agua, telefono, etc.
REQUISITOS PARA EL PROCEDIMIENTO NOTARIAL
1.- Búsqueda catastral (emitido por la SUNARP), para determinar si el bien esta o no Registrado.
2.- Visacion de Planos (emitido por la Municipalidad del Distrito)
3.- Certificado de zonificación de vias, en caso el predio sea considerado simi rustica o en área de expancion Urbana.
Estos Requisitos son indispensables tanto para el procedimiento Notarial O Judicial.
EN GLESCO SAC.
Le asesoramos en la obtención de su ansiado titulo de propiedad bajo este procedimiento, garantizamos nuestra experiencia con clientes satisfactoriamente inscritas en Registros Públicos.
QUIENES GUSTOSAMENTE, darán fe de lo mismo.
QUEDAMOS A SU SERVICIO
Guimo S. Luna Escobedo