20/04/2023
Los propietarios y las restricciones:
soy agente inmobiliario registrado y muchas veces me he encontrado con propietarios que establecen restricciones a la hora de arrendar sus departamentos entre ellas: Las de no permitir mascotas en su inmueble, el de no permitir niños menores a 5 años e incluso el limitar la cantidad de personas que habitarían en el mismo, lo curioso de ello es que cuando publicito el arrendamiento al momento de hacer el contacto doy publicidad de dichas restricciones con la finalidad de no hacer perder el valioso tiempo de las personas interesadas en el inmueble y en muchos casos la gente lo toma de manera muy personal, como si yo hubiera puesto las restricciones o como si el propietario no tuviera derecho a ponerlas. Sin embargo creo que ello último se produce por el desconocimiento de nuestros derechos, creo que es mi deber explicarlo, lo haré de la siguiente forma:
El propietario que busca arrendar su inmueble tiene el derecho a la autonomía contractual, la cual esta protegida por el artículo 62 de la Constitución Política del Perú, dicha autonomía contractual le permite el ejercicio de dos libertades. La primera el establecer con quien contratar y por otro lado la segunda, el establecer el contenido del contrato "La regulación contractual". Por lo que, si el propietario establece que no quiere contratar con aquellos que tienen animales y los van a hacer vivir en su inmueble "tiene el derecho de no contratar con dichas personas", si el propietario no desea contratar con gente que tenga hijos menores de 5 años, también "tiene elderecho" basado en su LIBERTAD CONTRACTUAL. Por otra parte, si el propietario quiere establecer un límite de 3 personas cómo aforo máximo de personas sobre el departamento de arriendo esta ejerciendo su derecho a LA LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN DEL CONTRATO "Regulación del contenido del contrato" y también tiene el derecho. Por lo que si informo dichas restricciones, es con el fin de evitar hacer pasar un mal momento a las personas que tienen interés en el inmueble, porque de lo contrario visitan el inmueble, invierten su tiempo, esfuerzo y dinero, y les ocasionaría un mayor daño, si me contratan para arrendar un inmueble y colocan dichas restricciones, prefiero ser honesto desde el comienzo, antes de generarles una expectativa que no se pueda cumplir.