29/06/2026
¿QUIENES SON RESPONSABLES ANTE EL COLAPSO DE UN EDIFICIO?
Cuando una edificación se desploma tras un sismo, surge una pregunta obligatoria: ¿Fue un fenómeno natural o una negligencia humana? Como abogado con más de 30 años de experiencia, la naturaleza pone a prueba la estructura, pero la responsabilidad del colapso recae sobre quienes la diseñaron, construyeron y supervisaron la obra.
En Venezuela, la cadena de responsabilidad es amplia y no se limita solo a la empresa constructora, también otros actores que participaron en la obra:
1. LOS ACTORES PRIVADOS:
La Responsabilidad Técnica y Legal se extiende a toda la cadena de mando que participaron en la construcción:
• Empresas Constructoras y Promotoras: Son responsables directas por la calidad de los materiales y la ejecución técnica. Su responsabilidad esta establecida en el Art. 1.637 C.C.V
• Ingenieros Calculistas y Arquitectos: Si los cálculos estructurales no cumplieron con las normas COVENIN (sismorresistencia), su negligencia es el núcleo del problema, incluso si permitieron la construcción sin los estudios de suelo adecuados, con deficiencias de los mismos o los obviaron y siguieron adelante con el proyecto.
• Inspección de Obra: Es el "guardián" del proyecto. Si la inspección permitió el uso de materiales inferiores o ignoró desviaciones de los planos, estudios técnicos, incurre en responsabilidad solidaria.
¿TIPOS DE RESPONSABILIDAD?
Los involucrados responden civil y penalmente:
• Civilmente: Pueden ser obligados a pagar una indemnización integral por daños patrimoniales y morales.
• Penalmente: Igualmente pueden ser procesados por homicidio culposo o lesiones gravísimas, basándose en la inobservancia de normas técnicas que debían conocer y aplicar.
2. LA RESPONSABILIDAD DE ENTES GUBERNAMENTALES
Muchas veces se ignora la responsabilidad del Estado a través de sus Ingenierías Municipales y entes reguladores:
• Omisión en la Supervisión: El Estado, a través de sus ingenierías municipales, tiene