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Dr. Condominio ¿Quieres resolver situaciones que surgen en tu Condominio? linktr.ee/drcondominio

MAÑANA! Sabado 25 / 7 / 202610amBREVE EVENTO, GRATUITO y EXCLUSIVO para 250 CORREDORES INMOBILIARIOS registrados!!!🔹 Res...
24/07/2026

MAÑANA!
Sabado 25 / 7 / 2026
10am
BREVE EVENTO, GRATUITO y EXCLUSIVO
para 250 CORREDORES INMOBILIARIOS registrados!!!

🔹 Respuestas prácticas
🔹 Conocimientos Condominiales básicos que deberías manejar!
🔹 Cuales son esa 3 TRABAS ACTUALES CONDOMINIALES que están derrumbando tus ventas

⏳ Cupo limitado, privado, gratuito y solo para corredores inmobiliarios
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“Un condominio que escucha a sus niños y jóvenes, está garantizando correctas futuras Juntas de Condominio”EN VIVO10amUn...
22/07/2026

“Un condominio que escucha a sus niños y jóvenes, está garantizando correctas futuras Juntas de Condominio”

EN VIVO
10am

Unión Radio
todos los miércoles
por la 93.7 PLC
Programa: "Gente y Ciudad"
con María Alejandra Malaver
entrevista sobre este tema a
linktr.ee/drcondominio

https://mundour.com/anzoategui/

La futurista Ley de PROPIEDAD HORIZONTAL Venezolana (vigente desde 1983) en caso de DESTRUCCIÓNEsta ley pudo advertir ex...
21/07/2026

La futurista Ley de PROPIEDAD HORIZONTAL Venezolana (vigente desde 1983) en caso de DESTRUCCIÓN
Esta ley pudo advertir expresamente, cómo puede actuar CUALQUIER PROPIETARIO en caso de DESTRUCCIÓN total del edificio o de una porción del mismo:
Artículo 16
En caso de destrucción total del edificio o de una porción del mismo que represente, por los menos, las 3/4 partes de su valor, cualquiera de los propietarios podrá pedir la división de las cosas comunes en que tenga participación. Igual derecho corresponderá a cualquier propietario si el edificio amenaza ruina en las proporciones dichas.
Sin embargo, cuando hubiere un número de propietarios cuyo porcentaje sea o exceda de las 3/4 partes del valor del inmueble, éstos tendrán derecho a adquirir a justa regulación de expertos, la parte o partes de los propietarios minoritarios que retirasen su voluntad de realizar la división del mismo inmueble.
Artículo 17
Si la destrucción o amenaza de ruina del edificio no alcanzare las proporciones indicadas en el artículo anterior, los propietarios decidirán acerca de la reconstrucción de las cosas comunes. Si ésta fuere acordada, los gastos correspondientes serán considerados como comunes
1. No hay, extinción automática del régimen de propiedad horizontal
2. Asamblea de propietarios para tomar decisiones
3. Reconstrucción del edificio: Cada propietario costea la reparación de su unidad y contribuye proporcionalmente a las partes comunes. Los minoritarios que no quieran reconstruir pueden vender sus derechos a terceros dispuestos a asumirlo.
4. Demolición y venta de materiales: Se destruye lo que queda y se venden los materiales. Los ingresos se reparten entre propietarios según su participación.
5. Extinción del régimen de condominio: Tras la extinción, se reparte o vende el terreno y remanentes entre los propietarios.
Participación en reconstrucción o indemnización
Si se opta por reconstruir y un propietario no desea participar:
Puede vender sus derechos a terceros que deseen asumir la reconstrucción Si la reconstrucción es decidida por la mayoría y el propietario minoritario no está de acuerdo, puede liberarse transmitiendo sus derechos o exigir compensación justa por su participación en el patrimonio común destruido. Declaración administrativa de ruina
La administración local puede declarar la ruina del edificio, en caso de peligro inminente para las personas o bienes.
Esta declaración puede ser la causal que active la extinción automática del régimen de propiedad horizontal, si no existe un seguro que cubra los costes de reconstrucción o una asamblea de propietarios (y/o sus herederos) que desee No extinguir el régimen sin la previa indemnización. Consideraciones sobre seguros y pactos (podo probable dada la baja cultura de seguros de inmuebles en Venezuela)
Si existe seguro que cubra más del 50 % del valor del edificio, la propiedad horizontal no necesariamente se extingue; se puede proceder a la reconstrucción.
Los pactos en contrario permiten mantener la propiedad horizontal y obligan a reconstruir, debiendo constar en escritura pública o en los estatutos de la comunidad. Ejemplos jurisdiccionales
Leyes de Ciudad de México y Perú permiten al propietario mantener derechos sobre terreno y materiales tras destrucción si no hay reglamento específico o si se extingue parcialmente el régimen.
En España, la propiedad horizontal se extingue automáticamente con la destrucción salvo pacto de no extinción; los propietarios pasan a copropiedad del terreno.
Conclusión
Un propietario ante destrucción total del edificio puede:
Participar en la decisión de reconstrucción, demolición o extinción del régimen en asamblea.
Recuperar su participación en el terreno o materiales restantes si el régimen se extingue.
Pactar o elegir la no participación en reconstrucción, transmitiendo sus derechos a terceros o recibiendo indemnización.
Esperar la determinación judicial si no hay acuerdo entre propietarios o existe controversia sobre el régimen o la reconstrucción.
Este marco garantiza que el propietario o los herederos, conserven derechos sobre lo que queda del inmueble y tenga opciones ante la pérdida total del mismo, conforme a la ley de propiedad horizontal y civil aplicables.
Si eres PROFESIONAL o CORREDOR INMOBILIARIO ¿Ya te registraste en mi planilla de Google Form? para que participes GRATIS este Sábado 25 / 7 / 26 (9am)
Capacitación exclusiva:
"3 TRABAS ACTUALES CONDOMINIALES POST SINIESTROS que están derrumbando tus ventas"
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Mis redes:
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𝗟𝗜𝗩𝗘 |  RESCATEMOS AL MAESTRO CARREÑO(CONDOMINIOS POST SINIESTROS)En estos momentos que vive nuestro país, compartimos e...
10/07/2026

𝗟𝗜𝗩𝗘 | RESCATEMOS AL MAESTRO CARREÑO
(CONDOMINIOS POST SINIESTROS)

En estos momentos que vive nuestro país, compartimos esta invitación como un espacio de 𝗿𝗲𝗳𝗹𝗲𝘅𝗶𝗼́𝗻, 𝗳𝗼𝗿𝘁𝗮𝗹𝗲𝘇𝗮 𝘆 𝗮𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗻̃𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗲𝗺𝗼𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹.

𝗟𝗮 𝗶𝗻𝘃𝗶𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗲𝘀𝘁𝗮́ 𝗱𝗶𝗿𝗶𝗴𝗶𝗱𝗮 𝗮 𝘁𝗼𝗱𝗼𝘀 𝗹𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗹𝗲𝗴𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝘀𝗲𝗰𝘁𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗺𝗼𝗯𝗶𝗹𝗶𝗮𝗿𝗶𝗼, 𝗮𝘀𝗶́ 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗮 𝘀𝘂𝘀 𝗳𝗮𝗺𝗶𝗹𝗶𝗮𝗿𝗲𝘀 𝘆 𝗮𝗺𝗶𝗴𝗼𝘀.

📅 Sábado 11 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝗹𝗶𝗼
🕖 𝗛𝗼𝗿𝗮: 𝟳:𝟬𝟬 𝗽. 𝗺.

𝗟𝗜𝗩𝗘
𝗗𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗜𝗻𝘀𝘁𝗮𝗴𝗿𝗮𝗺:


𝗜𝗻𝘃𝗶𝘁𝗮𝗱o:
DR JULIO LOPEZ GALEA
Abogado Especialista Inmobiliario/Condominios
Profesor Preani

𝗟𝗼𝘀 𝗶𝗻𝘃𝗶𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀 𝗮 𝗮𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗻̃𝗮𝗿𝗻𝗼𝘀 𝘆 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝘃𝗮𝗹𝗶𝗼𝘀𝗼 𝗲𝘀𝗽𝗮𝗰𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗼𝗿𝗶𝗲𝗻𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗮𝗽𝗼𝘆𝗼.

𝗢𝗿𝗴𝗮𝗻𝗶𝘇𝗮:
𝗦𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗜𝗻𝗺𝗼𝗯𝗶𝗹𝗶𝗮𝗿𝗶𝗮

𝗜𝗻𝘀𝘁𝗮𝗴𝗿𝗮𝗺:

De la mano de DIOS , nos levantamos y fortalecemos en la union Amén 🙏🫂

El procedimiento es sencillo, como se les ha explicado en nuestras redes y capacitaciones: Convocatoria (usando prensa d...
29/06/2026

El procedimiento es sencillo, como se les ha explicado en nuestras redes y capacitaciones:

Convocatoria
(usando prensa digital) Se requiere publicidad registral, no se puede hacer en privado

Asamblea
(puede ser mixta o conjuntamente virtual) para acordar la división, aprobando las 2/3 partes + permiso

Modificación o aclaratoria al Doc. de Condominio y planos
(sin esto, no sería legal la división)

Intervención de los seguros
Si tuviere o no de manera colectiva o individual (En caso de decidir la reparación parcial, reconstrucción o venta)

> En caso de demolición, los propietarios sobrevivientes y los herederos de los que no, podrán acordar el destino del terreno en asambleas
Los terrenos no pasan a entes del estado y se tiene que evitar la invasión

La Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela establece reglas muy claras en sus artículos 8, 16 y 17 para decidir qué hacer si el edificio se destruye total o parcialmente

Punto de partida (Artículo 8)
Este artículo dice que todos los apartamentos y las áreas comunes forman un bloque único e indivisible.
Nadie puede "separar" su apartamento del resto del edificio.
Si el edificio se destruye, la ley prohíbe que cada quien intente picar o repartirse el terreno por su cuenta de forma desordenada.
Destrucción de tres cuartas partes (Artículo 16)

La regla : Si se destruye el 75% o más del edificio, cualquiera de los propietarios puede exigir legalmente que se venda el terreno y lo que haya quedado en pie.

El resultado : El dinero de esa venta se reparte entre todos los dueños.
La proporción: A cada quien le toca un porcentaje del dinero igual al valor que tenía su apartamento (su alícuota).
Destrucción menor a tres cuartas partes (Artículo 17)
Si la destrucción es menor al 75%, la junta de copropietarios debe reunirse para decidir el destino del inmueble:

Decisión por mayoría : La comunidad de propietarios (que represente la mayoría del valor del edificio) decide si se reconstruye o no.-Si deciden reconstruir: Todos los propietarios están obligados a pagar la reparación. El monto a pagar depende del tamaño y valor de su apartamento.-Si alguien no quiere o no puede pagar: La mayoría puede decidir comprarle su parte a ese propietario. El precio de compra se fija mediante un avalúo hecho por expertos.

Si uno o varios apartamentos destruidos tienen un seguro propio (individual), la situación cambia porque entra en juego el dinero de la indemnización.

Si la decisión es RECONSTRUIR el edificio (Artículo 17)
El dinero va a la obra: La indemnización que pague la compañía de seguros no va al bolsillo del propietario para que lo gaste en otra cosa . Ese dinero se debe destinar directamente a pagar la cuota de reconstrucción que le corresponde a ese apartamento

Alivio financiero : El propietario asegurado no tendrá que sacar dinero de su propio bolsillo (o pagará mucho menos), a diferencia de los vecinos que no tenían seguro

Si la decisión es NO reconstruir o el edificio se vende (Artículo 16)
Cobro doble: El propietario asegurado recibirá dos montos de dinero distintos.

Monto 1 (El seguro): La aseguradora le pagará el valor contratado por la pérdida de su apartamento.

Monto 2 (La venta): Le tocará la parte que le corresponda por la venta del terreno y de los materiales que quedaron en pie (según su alícuota), tal como a los demás vecinos.

El problema de los "Seguros Individuales" vs. "Seguros Globales"
Conflicto común: En Venezuela, asegurar un apartamento de forma individual es complicado ante una destrucción total. Las aseguradoras suelen exigir que todo el edificio esté asegurado bajo una póliza matriz o global de la comunidad de copropietarios.

La razón: No se puede reconstruir el piso 4 si el piso 2 y 3 no tienen dinero para levantar sus bases. Por eso, el seguro del edificio completo es el que realmente garantiza la reconstrucción de las áreas comunes (bases, pasillos, techos) que menciona el Artículo 8

Por ahora no está previsto que los propietarios sobrevivientes y/o sus herederos soliciten al Estado u organismos internacionales, recursos financieros para estas operaciones, pero es muy posible en beneficio de tantas víctimas en estas condiciones

Por eso es recomendable asegurar los Condominios. Seguramente contactaré a expertos en seguros y sucesiones para atender esos condominios o propietarios (herederos) que deseen actuar en defensa de sus derechos destruídos

Esta es la formación que reciben los profesionales inmobiliarios en nuestras Cámaras Inmobiliarias y por ello siempre la recomendaremos para que en momentos como estos no se dejen influenciar por opinadores de oficio, sino por nuestros docentes
linktr.ee/drcondominio

Es urgente que activen las Asambleas de Propietarios y las reuniones de Juntas de Condominio con sus respectivos Libros ...
29/06/2026

Es urgente que activen las Asambleas de Propietarios y las reuniones de Juntas de Condominio con sus respectivos Libros de Actas actualizados

María Alejandra Malaver y Jesús Salazar conversaron con el .cond...

¡Grandes alianzas traen grandes soluciones!  Hoy nos unimos a un gran aliado, Dr. Condominio, para llevar el cuidado, la...
21/06/2026

¡Grandes alianzas traen grandes soluciones!

Hoy nos unimos a un gran aliado, Dr. Condominio, para llevar el cuidado, la restauración y el mantenimiento de las edificaciones a otro nivel. Sabemos que gestionar una comunidad no es tarea fácil, y mantener el valor de la propiedad es una prioridad. Con esta alianza, sumamos la experiencia en gestión de Dr. Condominio y la ejecución técnica experta de Fachadas 360 para ofrecer tranquilidad, seguridad y acabados impecables a cada copropietario.

¿Quieres saber cómo beneficiará esto a tu comunidad? ¡Quédate atento a lo que viene!
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Déjanos en los comentarios qué es lo que más le urge resolver a tu condominio hoy.

¿Deseas aliarte? contacta a: [email protected]

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18/06/2026

¡Nos unimos oficialmente a la red de Cashea!
Nos convertimos en los pioneros en impartir la Capacitación Condominial más completa, ahora en CUOTAS, sin INTERESES

Estas capacitaciones y su valor, se adaptan a las condiciones específicas de cada Condominio (dimensión, horarios disponibles, niveles de morosidad, apatía y/o conflictividad interna).

¿Sabías que también impartimos exclusivas capacitaciones VIP personalizadas o individuales con un contenido inédito y para un nivel de exigencia superior, con mayores beneficios o ventajas que las Condominiales o grupales?.

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Amena entrevista (solo 10 minutos) todos los miércoles de Dr Condominio para Unión Radio 93.7 Pto La Cruz (Programa: "Ge...
17/06/2026

Amena entrevista (solo 10 minutos) todos los miércoles de Dr Condominio para Unión Radio 93.7 Pto La Cruz (Programa: "Gente y Ciudad" con María Alejandra Malaver)

Tema de hoy:
SAQUEMOS LA ANARQUIA DE LOS CONDOMINIOS

El experto en condominio, , precisó en el programa de ...

Desde YA! podrás recibir tu CAPACITACIÓN en CONDOMINIO más exclusiva pagándola financiada con CASHEAVengo dando una capa...
15/06/2026

Desde YA! podrás recibir tu CAPACITACIÓN en CONDOMINIO más exclusiva pagándola financiada con CASHEA

Vengo dando una capacitación especial, privada (V.I.P.) en Propiedad Horizontal a 10 temas (2 horas semanales = 20 horas en 10 semanas) con todo mi exclusivo y amplio material de apoyo con temario recogido desde 1988. Actualizado con las Jurisprudencias vigentes para cada situación en los Condominios

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Escoja el día y las horas de la semana, para que reciba (vía zoom) mi capacitación personalizada. Se entregará su Certificado y video regalo personalizado al Condominio del solicitante

Dirección

Caracas
1071

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